martes, 2 de octubre de 2012


Actividad Antiguo Régimen

"Es sólo en mi persona donde reside el poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos." 

Discurso de Luis XV al Parlamento de París el 3 de marzo de 1766
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“Hay que estar loco para creer que los hombres han dicho a otro hombre, su semejante: te elevamos por encima de nosotros porque nos gusta ser esclavos. Por el contrario, ellos han dicho: Tenemos necesidad de vos para mantener las leyes a las que nos queremos someter, para que nos gobiernes sabiamente, para que nos defiendas. Exigiremos de vos que respetéis nuestra libertad.”
Federico II de Prusia. 1871.
1.       Analiza las ideas que defienden Luis XV y Federico II en sus discursos
2.       ¿Qué ideas defienden?
3.       ¿Cómo lo justifican?
4.       A qué ideas se oponen
5.       Contrasta ambos argumentos en una tabla comparativa

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